Un menor que no tiene tutor no puede ser empleado sin el permiso del muytahid.
El contrato de alquiler es un acuerdo en que los beneficios de una mercancía o persona se otorgan a otra persona. El arrendador y el arrendatario deberán ser adultos, de buen juicio y libres para hacer el contrato voluntariamente.
El contrato de alquiler se puede realizar con el representante del dueño. Del mismo modo, el tutor de una persona menor de edad puede alquilar su propiedad en su nombre, siempre y cuando este contrato sea de su interés, y según la precaución obligatoria no debe incluir el período después de su pubertad en el contrato de alquiler. En caso de que un menor no tenga tutor, no está permitido alquilar su propiedad sin el permiso del Muytahid, y en el caso de no haber disponible un Muytahid se requerirá el permiso de un creyente justo que observe los intereses de este niño.
Ref: las leyes prácticas del Islam,Ayatolá Imam Jomeini, N°.2176.
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