Mandatos sobre el quinto (parte 2)

Mié, 06/30/2021 - 08:33
Mandatos sobre el quinto (parte 2)

Minas
Los siguientes minerales están sujetos al pago del jums: oro, plata, hierro, plomo, cobre, carbón mineral, piedra alumbre, cornalina, piedra turquesa, petróleo y otros. Existe obligación de dar el quinto de estos minerales en el caso de que lleguen al valor mínimo que se dará a conocer a continuación. 
Es precaución obligatoria pagar el quinto si se extraen de una mina un mínimo de 105 mizqales de plata o de 15 mizqales de oro (o sea 492 grs. o 71 grs., aproximadamente, pues cada mizqal equivale aproximadamente a 4,68 grs.). Si después de pagar los gastos de extracción se llega a las cantidades mencionadas anteriormente es precaución obligatoria pagar el quinto (tanto sobre oro y plata como sobre los otros minerales establecidos en el punto anterior). 
Si son varias las personas que extraen (asociadas) algún elemento de una mina, y luego de deducir los gastos dividen lo obtenido en partes iguales correspondiéndoles a cada uno un mínimo equivalente en valor a 105 mizqales de plata o 15 mizqales de oro, tienen obligación de pagar el quinto. 
Si alguien extrae algún elemento de una mina que no le pertenece éste -debe entregarse al propietario, pero como éste no aportó (no gastó) para solventar los gastos de suextracción debe dar el quinto de todo lo extraído. 
tesoro
Si una persona encuentra un tesoro oculto en la tierra, una pared,montaña, árbol, etc., dándose cuenta de que es efectivamente un tesoro (es decir: que no fue depositado allí por alguien para su guarda u otra causa,  pudiendo encontrarse al propietario), debe pagar el quinto de lo encontrado. 
Si un hombre encuentra en la tierra un tesoro que no pertenece a nadie puede apropiárselo pero deberápagar el quinto correspondiente. 
El monto mínimo sujeto al pago del quinto para el tesoro es igual al caso de las minas. Según la precaución obligatoria si después de deducir los gastos llega (el valor del tesoro) a los 105 mizqales de plata o 15 mizqales de oro, se debe pagar el quinto. 
Si una persona compra una tierra y halla en ese lugar un tesoro y tiene certeza de que el mismo no pertenece a sus anteriores dueños, puede considerarlo suyo y debe pagar el quinto. En el caso de presentarse la  posibilidad de que pertenezca a sus anteriores dueños éstos deben ser informados de este hallazgo. Si luego de proceder de esta forma se llega a la conclusión de que no pertenece a sus anteriores dueños ni a los que le vendieron a ellos, puede apropiárselo el dueño actual y debe pagar el quinto. 
Si dos personas encuentran un tesoro y al dividirlo cada uno de ellos recibe una parte que vale al menos 105 mizqales de plata o 15 mizqales de oro, cada uno de ellos debe pagar el quinto por separado. 
Si una persona compra un animal y halla en su estómago un bien, por ejemplo una joya, y existe la posibilidad de que pertenezca al vendedor, es precaución obligatoria comunicarle lo acontecido. Si no llegase a ser suyo es deber de quien lo encontró comunicárselo a sus anteriores dueños, y si luego de ello llega a la conclusión de que tampoco les pertenece a éstos, es precaución obligatoria dar elquinto, aún cuando su valor no alcance los 105 mizqales de plata o 15 de oro.

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